ineptitud económica

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El Diccionario de la lengua española, en su 22ª edición, nos dice que el inepto es un no apto para algo (1ª acepción) o un necio o incapaz (2ª acepción). Pues bien, nuestras autoridades económicas, las de todos, incluso las de los que no quieren estar o no quieren ser, pueden aplicarse cualquiera de las dos acepciones. El anteproyecto de Ley para la reforma del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas lo demuestra de forma palmaria, que diría un catedrático emérito de estructura económica, muy cercano a las tesis de este gobierno, a pesar de lo cual era un muy buen profesor, casualidades de las que no ilustró Iriarte.

Al parecer nadie sabe qué hacer, en lo tocante a la pesada masa inmobiliaria que lleva atenazando al país desde hace casi veinte años, ya son años, y mucho menos en materia de vivienda, salvo algún sesudo analista. De pronto nos cargamos los coeficientes de abatimiento, aunque los mantenemos por la puerta de atrás, y seguimos apostando por la deducción por vivienda. Luego limitamos la deducción y se no llena la boca de que hay que promover el alquiler y aplicamos deducciones fiscales para ello. Luego abominamos de todo lo anterior y dejamos al pairo al sector residencial. ¿Hay política de estado? Porque lo grave en todo este asunto es que las nuevas normas que se proponen, sin justificar adecuadamente el por qué de las mismas, son contradictorias con las que pusieron en marcha estos mismos gestores hace catorce años, ¿Vamos a cambiar las normas de juego en medio de la vorágine y sin saber claramente hacia donde vamos?

Viviendasdecabeza

nota del editor: la foto está correctamente insertada, son viviendas de cabeza

Hagamos un poquito de historia. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas trataba las ganancias o incrementos (que se decía antaño) patrimoniales que se ponían de manifiesto con motivo de la transmisión onerosa de bienes de forma singular hasta el año 1998. La singularidad estaba en que a mayor plazo en que el bien había formado parte del patrimonio del que vendía, la tributación era menor; de manera tal que en el caso de un bien inmueble, estaba exenta de tributación la ganancia que se producía en una venta, al cabo de veintidós años de haber permanecido en el patrimonio del vendedor. Pero si no se alcanzaba esa duración, la parte sometida a gravamen tributaba al tipo medio. Esos coeficientes que iban reduciendo la base imponible sujeta a tributación son los llamados coeficientes de abatimiento.

En 1998 y por la aplicación de una supuesta equidad tributaria, desmentida por la realidad, se acaba aparentemente con los coeficientes de abatimiento. Eso sí, las ganancias patrimoniales de más de dos años (luego reducido a uno) pasaban a tributar a un tipo reducido. A pesar de lo dicho y para que nadie se preocupase en exceso, se mantuvieron los coeficientes de abatimiento para los bienes adquiridos con anterioridad a 31 de diciembre 1994.

Este subterfugio del sí pero no, que se introduce en el año 1996, mediante Real Decreto-ley, se prolonga con la Ley 40/1998, a través de la (muy famosa) disposición transitoria novena que se heredó en la Ley 35/2006, incluso con el mismo número de disposición (transitoria novena). Les he puesto los enlaces al BOE (Boletín Oficial del Estado) por si quieren consultar.

Y ahora, de pronto y sin previo aviso, se quieren cargar los coeficientes de actualización de valores, por los que tanto se clamó en este país, y los coeficientes de abatimiento. ¿Qué significa? Que el mercado inmobiliario se puede saturar más de lo que ya está en el último cuatrimestre del año. Y para que lo entiendan les pongo un ejemplo, real como la vida misma. Una persona que adquirió un bien inmueble en 1983, por un valor del equivalente en pesetas de 42.000 euros, está pensando en venderlo por 210.000 euros, pero no tiene prisa, no acepta las ofertas que le han llegado de 180.000 euros. Pero con el cambio que se avecina, le entra la duda, si vende el bien antes del 1 de enero de 2015 por 180.000 euros, tendrá que tributar unos 7.500 euros por la ganancia patrimonial obtenida, si lo vende por 210.000 euros después de dicha fecha, tendrá que tributar unos 37.500 euros. ¿Se dan cuenta que el aumento de precio es para poder pagar a hacienda?

Siguiendo con el ejemplo anterior, nuestro supuesto vendedor (Juan Español, recuerdan) aceptará cualquier oferta superior a 180.000 euros, porque le supone un mayor beneficio hoy. Esa anticipación de la operación, en condiciones tales que supone aceptar un descuento en el precio de hasta el 14%, ¿no creen que va a alterar el mercado? Y todo ello sin haber considerado en este juego el efecto del impuesto que grava la compra, que paga el adquirente, y que será menor a medida que baje el precio de venta.

Decía un profesor que la política económica se lee en el BOE y este es el caso, pues dentro de poco en el BOE leeremos esta nueva muestra de la política económica que guía, perdón, que adorna la gestión de nuestras autoridades. Y como para muestra vale un botón, les dejo el enlace al Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, publicado el día 5 de julio, con un breve contenido de 172 páginas, propio de una norma que está prevista para atender situaciones de extrema y urgente necesidad.

3 comentarios en “ineptitud económica

  1. Ramon

    Hola Pedro Luis. ¿Crees que esto beneficiará la bajada de precios a futuro o puede que el vendedor a partir de 2015 intente incrementar el precio de los pisos para «traspasar» el incremento de su tributación al comprador? Gracias Saludos.

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    1. Pedro Luis Egea Vega Autor del post

      Sinceramente he de decir que no sé que va a pasar, con un cierto grado de probabilidad. Lo seguro es que el año que viene van a producirse sustos en muchas transmisiones. Es cierto que puede producirse un intento de trasladar el incremento de tributación al comprador. Pero es que el mercado está tan deprimido que nadie lo va a lograr. Por ello la respuesta es muy clara, el fondo oscuro crecerá

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  2. Pedro Eguizábal

    Pedro Luis, seguiré diciendo siempre que no desanimes en seguir con tus comentarios de la situación. Primero porque nos ilustran, que es genial. Segundo porque es necesario que personas con el conocimiento suficiente plante cara a esta pandilla de, cuando menos, cara duras. Tercero por ver si hay gente como tú que poco a poco se va animando a hacer lo mismo y plantar cara con conocimiento a esta pandilla (y son más de 40 no como en Alí Babá) de ineptos. Gracias por todo mi amigo y no desfallezcas.Peter

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