la reforma reformada

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O el alguacil alguacilado. Se acuerdan de esta frase “¿un grupo de “monos” hubiera hecho un ajuste fiscal peor que el del gobierno reunido en consejo de ministros el 20 de junio?” Me imagino que no. Está tomada de la entrada que publiqué en el blog el 28 de junio de 2014, ajuste fiscal y monos, con motivo de la reforma de la Ley del IRPF que se proponía perpetrar el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, que ya está en vigor, y a la que tuvo que hacerle varios cambios, nada más aprobarla. La Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ha sufrido, desde su reforma en noviembre de 2014, dos modificaciones más en lo que llevamos de 2015 y el viernes 10 de julio se ha aprobado la tercera del año. Sin olvidar que desde diciembre de 2011 hasta octubre de 2014 se había modificado la Ley en 18 ocasiones, una vez cada dos meses.

El estratosférico ministro de Hacienda y Administraciones Públicas que tenemos, y que no se merecen los humoristas de este país, dijo en mayo, sin pestañear y sin reírse que “no mira el calendario electoral al modificar los impuestos”. Vamos, que lo del viernes es una medida meditada y preparada sesudamente. Vamos, que cambiar la tarifa de un impuesto que grava la renta de un ejercicio económico a mitad de un mes cualquiera es algo meditado y debidamente estudiado. Vamos, que cambiar un tributo cada 2 meses, durante los últimos 3 años y medio, es una gestión fiscal eficiente.

Pero no contento con cambiar la tarifa del impuesto, simplemente la tarifa y la tabla de retenciones asociada, le ha entrado al Gobierno un repentino ánimo de justicia social y ha decidido declarar exentas ciertas ayudas de naturaleza social, algo por lo que habían clamado las ONG’s durante los últimos años y, especialmente, durante 2014. ¿Qué va a ocurrir ahora con las ayudas percibidas en los primeros 192 días del año 2015, tributarán y las de los 173 días restantes no tributarán?

Y como el dividendo digital puede provocar que algunas personas se vean en la obligación de declarar por el IRPF en 2016, las excluimos de tributación. Yo me pregunto, ¿cuánto hay que advertir a este Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas para que se dé cuenta de los posibles errores o deficiencias en la legislación y lleve a cabo las oportunas correcciones? Porque esto del dividendo digital se conoce desde hace un año.

Y llegan los cambios en las tablas de retenciones aplicables. Y aquí sí que ha decidido proporcionarnos unas risas sin límite. Fíjense que en el preámbulo del Real Decreto-ley se dice “En este escenario, y con la finalidad de trasladar este incremento de renta disponible de forma significativa a los trabajadores por cuenta ajena y autónomos, se aprueba, para el primero de ellos, una nueva escala de retención que se tendrá en cuenta para calcular el tipo de retención o ingreso a cuenta aplicable a los rendimientos del trabajo que se satisfagan o abonen a partir de 1 de agosto, que, lógicamente, determinará una rebaja generalizada del citado tipo de retención. No obstante, los pagadores podrán aplicar la nueva escala desde la propia fecha de entrada en vigor de este Real Decreto-ley.” ¿En qué quedamos, desde el 1 de agosto o cuando al empresario le dé la gana? Criterio y rigor a manos llenas.

Pero es que la retención aplicable a los profesionales pasa del 19% al 15%, ¡vaya descenso!, cualquiera que sea el nivel de ingresos en el ejercicio anterior. Esta sí es una reducción sustancial, que no guarda relación alguna con la modificación operada en la tarifa del impuesto. Sin maldad alguna sería razonable preguntarse ¿están preparando unas menores retenciones para los profesionales que van a operar por cuenta propia en el más inmediato futuro y proceden de la administración saliente? Nada que ver con el ridículo que han hecho con las retenciones aplicables a los rendimientos procedentes de arrendamientos o a los rendimientos del capital mobiliario que pasan del 20% al 19,50% y encima con decimales. Cuánto le van a echar de menos nuestros humoristas.

Cristóbal Montoro, ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, vía www.zoomnews.es

Cristóbal Montoro, ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, vía www.zoomnews.es

Por cierto, como íbamos a modificar una norma legal, aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid, capital de la súper cicuta, y tenemos cosillas pendientes de regularizar y, a lo mejor no llegamos a tiempo, y aunque sea sin sustento legal para usar la vía del real decreto-ley, porque se podía haber hecho antes, pero somos los que somos, no estamos solos y valemos lo que valemos, disponemos:

En el ejercicio 2014 han quedado pendientes de formalizar a Presupuesto pagos efectuados a la Unión Europea, derivados de intereses de demora por el retraso en la puesta a disposición de la Unión Europea de los Recursos propios tradicionales correspondientes a una deuda que nació como consecuencia de la retirada de mercancía bajo control aduanero y que circulaba al amparo de las disposiciones del Transito Comunitario Externo, por importe de 3.172.388,46 euros.

Al tener estos anticipos la consideración de obligaciones de ejercicios anteriores requieren para su formalización, en aplicación de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 34 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, una norma con rango de ley.

Por el principio de transparencia y seguridad jurídica resulta necesario que, de manera inmediata, se proceda a regularizar estas obligaciones de ejercicios anteriores. Por tanto, concurre la circunstancia de extraordinaria y urgente necesidad que exige el artículo 86 de la Constitución Española.

Tomado, literalmente, del texto del Real Decreto-Ley 9/2015, y se quedan tan panchos. Para que vean cómo se las gastan y sin rubor alguno ¿hay Servicio Jurídico del Estado?, ¿cuánto más queda por barrer?

El mes de julio es un mes muy ajetreado para contables, gestores, asesores fiscales y laborales, quizá sea el mes más ocupado del año. No hay tiempo para levantar los ojos de la mesa. Se juntan las declaraciones trimestrales de ciertos impuestos, el depósito de la mayoría de las cuentas anuales de las empresas en los registros mercantiles y la declaración del Impuesto sobre Sociedades. Todo ello después de un agotador mes de junio en el que se han efectuado un gran número de las declaraciones de IRPF y se han celebrado la mayoría de las juntas de accionistas de las sociedades.

Pues bien, para animar el ambiente y que no decaiga la fiesta, el sábado 11 de julio se han publicado, al tiempo, un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento del IRPF, con sustanciales cambios en la normativa, más allá de los procedentes del Real Decreto-ley de marras, y un Real Decreto por el que se aprueba el nuevo Reglamento del Impuesto sobre Sociedades (IS), en espera desde hace 6 meses. Por ciert,o en este nuevo Reglamento del IS de sus 69 artículos, qué casualidad, 26, el 38%, están dedicados a operaciones vinculadas.

Un monumento, hay que hacerle un monumento, porque nos hace reír y encima nos proporciona lectura sin fin. A destacar, las retenciones por arrendamientos son distintas para el perceptor de las mismas, dependiendo de si es una persona física o es una persona jurídica.

5 comentarios en “la reforma reformada

  1. delicias santos monetro

    Pedro, me has hecho no sonreir, REIR,…., ¡¡¡que desastre!!!, claro si te fijas en lo que se publica «no está mal», pero si profundizas como lo haces tú te das cuenta de lo que supone para los que teneis que seguir este sin fin de cambios

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  2. Schwarzkopf

    Bueno estaba claro. De semejante sanguijuela no podíamos esperar nada más. Como el gusano parásito de marras nos ha sangrado hasta la médula y ahora regurjita un apaño electoral infumable. Faltan ganas de previsión, planificación real y busqueda del bienestar común a largo plazo. Este es el gran pecado de los políticos españoles de última hornada, mirada cortoplacista y sujeta al número de votantes posibles, mediocridad en abundancia. Ayyy, de aquellos barros vienen estos lodos….
    Y luego con estos comportamiento surgen esperpentos de esos que se les ha llamado populistas….
    Ayyyy Virgencita, Virgencita, que me quede como estoy

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  3. Jacinto Moral

    Pues es verdad, un caos. Y aunque las medidas sean positivas, no hacerlo con reflexión y lucidez genera el desastre. Con permiso del autor y de su más que clara exposición, fíjense que se modifican apartados como una «Disposición Transitoria Trigésimo Octava» y una «Disposición adicional novena»… Ah! y ahora sólo queda transmitirlo y explicarlo a los afectados…

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  4. Lázaro González

    Chapuza total. Más que para reír es para llorar tanta arbitrariedad. En qué manos estamos

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