elusión fiscal y triángulo

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En el Resumen Ejecutivo del famoso documento de la Comisión de Expertos para la reforma del sistema tributario, hecho público el día 14 de marzo, se habla de la lucha contra el fraude fiscal en el punto 8, de un total de 9, y en una página, de un total de 19. Es decir, como ya dije en una entrada anterior, un 5% del espacio para un tema tan grave, no solo en estos tiempos de escasez recaudatoria. Según diversos expertos la economía sumergida u opaca al sistema fiscal puede alcanzar en España más del 25% del PIB (producto interior bruto).

Pero a mí me gusta más hablar de elusión fiscal. La elusión no conlleva necesariamente la calificación de fraude, que implica delito, pero es una forma de saltarse las obligaciones fiscales mediante operaciones, más o menos complejas, que evitan la tributación que correspondería en el supuesto de no actuar de manera planificada con la intención de evitar la carga fiscal. Vamos a ver un ejemplo de elusión fiscal, muy habitual, que consiste en centralizar los beneficios en un país que cuenta con un tributo sobre los beneficios de las sociedades de tipo reducido. Esta es una forma muy conocida por los expertos y se basa en la manipulación de eso que se conoce como precios de transferencia. ¿Cómo funciona?

Supongamos un país de la Unión Europea (UE), que a su vez es miembro de la Unión Monetaria (zona Euro), Irlanda. Miembro desde 1973, aunque aún no es miembro del territorio Schengen, que ampara el libre movimiento de personas. Este país, amante del libre movimiento de capitales, decidió hace tiempo aplicar un gravamen sobre los beneficios empresariales muy reducido, por comparación con otros países de la UE. A partir de ese momento un gran número de empresas multinacionales, de entre las que podemos citar a la archifamosa Google, decidieron instalar la central para Europa en ese país. Y hasta aquí, sin problemas.

IrlandaPero la parte sustancial del juego elusorio, que no ilusorio, está por llegar. La central europea factura a las empresas de cada país por la prestación de unos servicios supuestos. Y digo supuestos porque, normalmente, no están documentados y mucho menos justificados. Y el importe de dichos servicios, ¡casualidades de la vida!, casi son iguales a los beneficios de esa empresa de, pongamos por ejemplo, España, previos a dicho cargo. Acabamos de trasladar el beneficio de España a Irlanda, sin pudor alguno, a la vista de todo el mundo, Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) incluida, ‘gratis et amore’.

El triángulo de Google

No piensen que Irlanda es el único país donde se produce esta concentración de beneficios de otros lugares. Hay más, podemos citar a Holanda. Y tenemos a las Bermudas, paraíso fiscal donde los haya, con un tipo del Impuesto de Sociedades del 3%, la cuarta parte que el de Irlanda, que es del 12,5%, que es la mitad del de España o la tercera parte del de Estados Unidos. Cito a las Bermudas porque Google, la del ejemplo, tiene allí varias filiales, no es la única con filiales allí. Sí, las Bermudas, las del triángulo famoso, parecido al que forman Irlanda, Holanda y Bermudas para Google. Un triángulo, el de las Bermudas, en el que se producen desapariciones de aviones y barcos, según dicen. Y un triángulo, el de la elusión fiscal, en el que desaparecen los beneficios que deberían tributar en España y no lo hacen en ningún otro lugar.

Antes dije que la elusión se llevaba a efecto ante las mismas narices de la AEAT. Pues sí, no les engaño. La norma del Impuesto sobre Sociedades obliga a las empresas a declarar lo que se denominan operaciones entre partes vinculadas. Tan estricta quería ser la Hacienda española que, en un primer momento, la compra de una camiseta por un sobrino del Sr. Ortega en una tienda de ZARA habría que haberla declarado como operación vinculada. Luego corrigieron el tiro y pasaron a algo más sensato. Pero de la redacción a la acción hay un trecho largo. Trecho que para superarlo requiere que nuestra AEAT cuente con equipos informáticos, analistas, inspectores y sobre todo, voluntad de ejercer en sus responsables. Y por lo que sabemos, no parece que de esto último esté sobrada la Agencia. Según la memoria que han comentado con los medios de comunicación, pero que aún no es pública, sobre la lucha contra el fraude fiscal en 2013, ha caído la recaudación en este campo con relación al ejercicio anterior, por primera vez en al historia.

4 comentarios en “elusión fiscal y triángulo

  1. Pingback: hacienda y la publicidad | real de a ocho

  2. YOLANDA

    Querido Pedro , me impresiona cada vez más las vueltas que tienen los que manejan la economía de los países , paseando delante de la ley , que cambian a su antojo según circunstancias y que a los que como yo , que no entienden ni ¨papa¨de estos asuntos, les parece un tinglado sin pies ni cabeza.- Gracias por aportar conocimiento y por enseñar a abrir los ojos

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  3. delicias santos montero

    Ya sabes que yo de economía poco, solo de la doméstica, pero como simpre en estos asuntos tienes razón, y no es pasión de amiga

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    1. Pedro Luis

      Ya me gustaría. Me conformo con ayudar a reflexionar y expreso una opinión, convencido, pero sin ánimo de molestar. Gracias por la confianza

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